BLOQUE 1 | Garantías Constitucionales
Actividad de aprendizaje 3
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jerarquice sus
artículos por orden de importancia
1.
Un artículo de la Constitución referente
a los derechos humanos.
Artículo
1. En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que
otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse,
sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.
Está
prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del
extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho,
su libertad y la protección de las leyes.
Queda
prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género,
la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la
religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que
atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los
derechos y libertades de las personas.
2. Un artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo
5.
“Nadie
será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.”
3.
Una Jurisprudencia que trate sobre el
concepto de derechos humanos.
DERECHO A LA SALUD. EL TRATAMIENTO
MÉDICO ADECUADO PARA FARMACODEPENDIENTES O CONSUMIDORES DE DROGAS QUE SE
ENCUENTRAN INTERNOS EN UN CENTRO DE RECLUSIÓN, ES UN DERECHO Y NO UNA
OBLIGACIÓN.
El
Estado tiene la obligación de preservar la integridad física y mental de las
personas, debiendo proporcionarles los cuidados médicos respectivos, de
conformidad con los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el
Estado Mexicano es Parte, ya que este derecho tiene carácter prestacional, en
tanto que es considerado una prerrogativa para el ejercicio de los demás
derechos, debido a que la salud es el valor fundamental que antecede a
cualquier planteamiento del hombre, cuyo significado hace posible la vida
humana. Por ende, el Estado debe prevenir y combatir el consumo en general de
drogas con los diversos tratamientos médicos; más cuando se trata de evitar esas
conductas en recintos públicos, como las prisiones, cuyo orden, vigilancia y
disciplina corresponden a éste, aunado a que los internos tienen derecho a ser
atendidos, en virtud de su condición de privación de la libertad, pues puede y
debe ejercer actos positivos de control en aquellos lugares que tiene a su
resguardo y bajo su responsabilidad, como lo es una prisión. Empero, al ser un
derecho humano a la salud, no debe perderse de vista que recibir el tratamiento
médico adecuado no debe implicar una obligación para los internos, si no tienen
la voluntad de someterse a éste.
SÉPTIMO
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO
Amparo
directo 45/2017. 6 de abril de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo
Paredes Calderón. Secretaria: Yoalli Trinidad Montes Ortega.
4.
Un artículo de una ley
federal o local que otorgue un derecho subjetivo público.
Artículo 2º.- La familia tendrá
la protección del Estado. El matrimonio se funda en la igualdad de derechos
para ambos cónyuges, y podrá disolverse por mutuo acuerdo o a petición de
cualquiera de los consortes en los términos que establezcan las leyes. Los
padres están obligados a alimentar, educar e instruir a sus hijos, fomentando
su desarrollo cultural. El Estado velará por el cumplimiento de estos deberes,
y dictará normas para el logro de la suficiencia económica de la familia; para
evitar el abandono de los acreedores alimentarios, por sus deudores; y, para
instituir proteger el patrimonio de familia.
Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.
- - Jerarquía con
la que se aplican las normas jurídicas que contienen derechos humanos.
Primeramente
se aplican los Tratados Internacionales, posteriormente la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, después podemos ubicar las leyes
estatales y las jurisprudencias.
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Conclusión
Los Derechos Humanos son un tema
importante de debatir y de comprender cuando nos encontramos estudiando la
carrera de Derecho, y no solo eso, promoverlos y promocionarlos, empezar con
esa enseñanza desde pequeños en la escuela y en la casa, enseñar a respetarnos
y valorar las semejanzas y las diferencias que encontramos con la gente que
convivimos en sociedad, la cual le da un toque multicultural a nuestro día a
día.
Debemos encontrar el modo de dar
construcción en el tema de derechos Humanos, plantearlo de un modo que sea una
piedra angular en los temas de sociedad comunes.
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